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domingo, 26 de diciembre de 2010

Otorgan 220 pesos a las pensiones no contributivas

El Gobierno otorgó, por única vez, un suplemento especial de 220 pesos, a los beneficiarios de pensiones no contributivas a cargo del Ministerio de Desarrollo Social, a los que perciban hasta 1500 pesos mensuales. Se pagará en el curso del mes de diciembre.
El Gobierno otorgó un suplemento especial por única vez de 220 pesos a los beneficiarios de pensiones no contributivas a cargo del Ministerio de Desarrollo Social, que se abonará en diciembre a los titulares de beneficios cuyo monto fuese de hasta 1500 pesos mensuales. Quienes perciban un haber superior a esta cifra no gozarán del suplemento.

El beneficio se otorgó por Decreto 2037/2010, publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma de la presidenta Cristina Fernández, el jefe de Gabinete Aníbal Fernández y el ministro de Trabajo, Carlos Tomada.
Precisa que el suplemento especial se abonará en forma íntegra, es decir, sin sujeción a proporción alguna, aun cuando el beneficiario no llegase a completar un mes en el ejercicio del derecho a la percepción de la pensión no contributiva de la que fuese titular.

Aclara que si el beneficiario de una pensión no contributiva percibiera además una prestación otorgada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) de carácter compatible, y hubiera recibido por esta última, el suplemento establecido para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), no corresponderá abonar aquel que por el presente decreto se otorga.

Se deja establecido también que en los casos de beneficios con más de un copartícipe cualquiera sea la cantidad de ellos, los mismos deberán ser considerados como un único beneficiario a los fines del derecho al suplemento especial, percibiéndolo en la misma proporción en la que se abona su beneficio.

El decreto establece que el suplemento especial otorgado será abonado por única vez, en el mes de diciembre de 2010 y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto. A los fines de su cálculo, no será incluido como concepto de pago la bonificación por zona austral prevista por la Ley No 19.485.

En los considerandos expresa que se otorga “a fin de contribuir al bienestar de los beneficiarios de las prestaciones no contributivas a cargo del Ministerio de Desarrollo Social en el período donde se celebran las tradicionales fiestas de Fin de Año”.

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